19.5.07

El escrito contractual y sus regularidades


Prof. José de Paula
(Profesor de Derecho de las Obligaciones y los Principales Contratos en UNAPEC)

En cualquier escrito contractual son regulares estos elementos formales:
1. Título.
2. Designación formal de las partes.
3. Motivos del contrato (preámbulo).
4. Expresión o manifestación del consentimiento.
5. Descripción del objeto material del contrato.
6. Cláusulas.
7. Justificación de títulos.
8. Firma, fecha, legalización de las firmas o notaría.

¿Qué significado tienen estas partes en el escrito contractual? Veamos.

1. El Título. El título nos indica el objeto del contrato u operación jurídica pactada, por ejemplo una venta, un préstamo, un alquiler, un mandato o poder, etc. El título, que es la denominación del negocio pactado no siempre expresa la verdadera naturaleza del contrato ya que las partes pueden denominar su negocio con un nombre que difiere de lo que realmente convienen o pactan. Esta es la razón por la que la jurisprudencia decide que el nombre que los contratantes dan al contrato no liga al juez. Este puede atribuirle al contrato su verdadera naturaleza al momento de interpretarlo.

2. Designación formal de las partes. Consiste en designar a los contratantes, operación que se llevaba a cabo señalando sus nombres y apellidos completos, nacionalidad, número de la cédula de identidad electoral, profesión, estado civil, domicilio y residencia, denominación que tendrá en el contrato, etc. Por ejemplo: JOSE PEREZ, dominicano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad y Electoral numero x x x x x x x x x, empleado, domiciliado y residente en la casa No.- de la calle- de ----etc. quien lo que sigue de este acto se denominará XXXXXXXXX, etc.

3. Motivos del contrato (preámbulo); Es la parte del escrito contractual en la que se expresan las razones, circunstancias y motivaciones que giran en torno al negocio. Expresan la causas del contrato. Su importancia consiste en que el error sobre los motivos o causa del contrato, contrario a lo que sucede con la causa de la obligación, no es vicio de consentimiento, a menos que ambas partes lo declaren expresamente. Normalmente esto ocurre cuando al final del preámbulo se declara que todo cuanto se ha dicho en él, forma parte del acuerdo, esto es, del contrato: cualquier error en que incurra uno cualesquiera de los contratantes en relación con las razones que lo indujeron a contratar, puede ser alegado como causa de nulidad. Asimismo los jueces pueden examinar la moralidad de los motivos y derivar de ellos, la nulidad o no de la convención.

4. Expresión de la voluntad o manifestaron consentimiento. Este elemento se reconoce con la fórmula de estilo: SE HA CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE:

5. Descripción del objeto material del contrato. Es la parte del escrito en la cual se describe la cosa, derecho o servicio que constituye la materia del contrato, o sea, el negocio jurídico. Ejemplo “ cede y traspasa...el crédito tal”, o inmueble X, el vehículo ...., etc..

6. Cláusulas. Las cláusulas expresan los acuerdos, las condiciones, obligaciones, promesas.

7. Justificación de títulos o calidades. Esta parte suele ser una cláusula en la cual uno de los contratantes explica en virtud de que título realiza la operación. Por ejemplo se dice “ El vendedor justifica su derecho de propiedad sobre el inmueble vendido mediante el documento x”.

8. Fecha firmas, legalización de las firmas o notarización de éstas.

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